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El
Concello obliga a incinerar todos los animales de compañía
muertos.
M.M. La Opinión, Martes 5 de Abril de
2005
Todos los propietarios de
animales de compañía deberán incinerar los cadáveres de sus
mascotas en la perrera municipal. La nueva ordenanza de gestión de
residuos municipales y limpieza viaria prohíbe expresamente
abandonar animales muertos en contenedores o en la calle,
enterrarlos o incinerarlos "a título particular" y sólo
autoriza su cremación en las instalaciones de la perrera
"siguiendo las máximas directrices de seguridad, higiene y
salubridad pública".
La Junta de Gobierno Local aprobó en su sesión del
viernes el proyecto de esta normativa, que deberá ser refrendada
por el pleno de la Corporación antes de su entrada en vigor. Este
texto sustituirá a la ordenanza de limpieza actual, aprobada hace
once años. La revisión se justifica, según el Gobierno local, en
la necesidad de adaptar la normativa municipal a la legislación
europea, estatal y autonómica sobre residuos, y a la implantación
del plan de tratamiento de basura y de la planta de Nostián.
En la ordenanza en vigor, el Ayuntamiento exigía
depositar los cadáveres en el vertedero municipal. Con el nuevo
reglamento, el único tratamiento posible a las mascotas muertas,
consideradas "residuos urbanos domiciliarios especiales" y
de las que se excluyen los animales de procedentes de explotaciones
ganaderas, es su incineración en el crematorio de la perrera previo
pago de una tasa que, en la actualidad es de 19,75 euros.
El Ayuntamiento otorga, así, rango normativo y regula
lo que pone en práctica desde la apertura de la incineradora en
enero de 2002. La ordenanza estipula que el incumplimiento de de la
obligación de incinerar los animales representará una infracción
grave que conllevará una multa de 751 a 1.500 euros, según recoge
el documento.
Al mismo tiempo, el Ayuntamiento endurecerá las
sanciones económicas que impone a los dueños que no recojan los
excrementos de sus animales, una falta que hasta ahora se
consideraba grave y que acarreaba una multa de entre 90 y 600 euros.
Con la nueva ordenanza municipal, esta infracción se calificará
como leve y supondrá una sanción de hasta 750 euros.
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